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Visa requirements T: Are you eligible?

Michael Brooks-Jiménez lo informa sobre este tipo de visa del sistema de inmigración estadounidense.

Asesoría en inmigración

¿Qué es el visado T?

En octubre de 2000, se creó el visado T como parte de la Ley de Protección de las Víctimas de la Trata de Seres Humanos y la Violencia. Se trata de un visado humanitario diseñado para proteger a las víctimas de la trata de seres humanos. Si se concede, permite a la víctima y a los miembros de su familia que reúnan los requisitos necesarios permanecer en Estados Unidos durante un máximo de cuatro años, siempre que cooperen con las fuerzas de seguridad para ayudar en la investigación y, si es posible, el procesamiento de la persona o personas responsables. Existe una excepción para los menores de 18 años, las personas con ciertas discapacidades o las que sufren determinadas lesiones físicas o mentales como consecuencia del tráfico. 

Si recibe un visado T, puede decidir si desea solicitar un ajuste de estatus para convertirse en residente permanente. Con un visado T, tiene derecho a recibir prestaciones de servicios sociales si cumple los requisitos para recibirlas. También puede optar a solicitarlas si cumple los requisitos mientras espera su visado T si recibe un Estatus de Presencia Continuada o recibe una carta de certificación de elegibilidad. Como beneficiario de un visado T, también recibirá un Documento de Autorización de Empleo (EAD, más conocido como permiso de trabajo). 

 

¿Qué es la trata de seres humanos?

La ley federal define el tráfico de seres humanos en relación con el visado T. Esto es importante porque mucha gente considera que el tráfico de seres humanos es un delito. Esto es importante porque mucha gente considera el tráfico de seres humanos como tráfico sexual. Mientras que el tráfico sexual es una forma de tráfico de seres humanos, no es la única forma de tráfico que ocurre que hace que una persona sea elegible para solicitar un visado T. 

El tráfico de seres humanos incluye tanto el tráfico sexual como el tráfico laboral. La ley federal establece que ambos son una “forma grave de trata”. Se definen como:

  • Tráfico sexual – Cuando una persona es reclutada, albergada, transportada, proporcionada, solicitada, patrocinada u obtenida por otro propósito con el fin de un acto sexual comercial, donde el acto sexual comercial es inducido por la fuerza, el fraude o la coacción, o la persona que está siendo inducida a realizar el acto es menor de 18 años. 
  • Tráfico laboral – Cuando una persona es reclutada, albergada, transportada, proporcionada u obtenida una persona para trabajo o servicios mediante el uso de la fuerza, fraude o coerción con el propósito de servidumbre involuntaria, peonaje, servidumbre por deudas o esclavitud. 

Requisitos del visado T

 Para solicitarlo, debe cumplir los requisitos del visado T:
 

Usted es o ha sido víctima de una forma grave de trata de seres humanos

Como aprendió en la última sección, una “forma grave de trata de personas” está definida por la ley federal como tráfico sexual o tráfico laboral. No tiene por qué saber necesariamente que abandonar su país de origen para venir a Estados Unidos sería víctima del tráfico sexual o del tráfico laboral. De hecho, es probable que no supiera lo que le ocurriría. Como la mayoría de los que vienen a Estados Unidos, pensabas que vendrías a trabajar y quizás a pagar el dinero que debías. Luego, te enteras de la cruda realidad: eres un prisionero. Los visados H2A y H2B suelen ser objeto de este tipo de abusos. También se suele abusar así de los trabajadores indocumentados. No importa cómo hayas llegado. Si eres víctima del tráfico sexual o laboral, has cumplido el primer requisito del visado T.

 
Estás en EE.UU., Samoa Americana, la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte o en un puerto de entrada debido al tráfico de personas

Con un visado T, debes estar en Estados Unidos, Samoa Americana, la Commonwealth de las Islas Marianas del Norte o en un puerto de entrada debido a tráfico sexual o tráfico laboral. Este es un componente importante cuando lo analizamos más de cerca. Al principio, puede que no sepas que eres víctima de la trata de seres humanos.

Puede que lo descubras durante el viaje. Si lo descubre y tiene una forma segura de notificarlo a las autoridades policiales en un puerto de entrada, puede hacerlo en ese momento. Siempre que esté en suelo estadounidense de algún tipo, cumplirá este requisito del visado T. 

 
Cooperar con las peticiones razonables de las fuerzas del orden en relación con la investigación o persecución del tráfico de seres humanos

La trata de seres humanos viola la ley federal. Como víctima, el propósito de un visado T ayuda a hacer dos cosas. Le ayuda a protegerse del autor o autores del delito. También ayuda a las fuerzas del orden a identificar a las personas que pueden estar infringiendo la ley federal. Como persona que solicita un visado T, es su deber cooperar con cualquier petición razonable de las fuerzas del orden implicadas en la investigación o persecución del tráfico de seres humanos. Existen excepciones. Por ejemplo, si usted es una víctima menor de 18 años, tiene ciertas discapacidades o sufre un trauma físico o psicológico, puede estar exento de este requisito. Puede que se requieran algunas pruebas para cumplir la excepción. 

 
Demuestre que sufrirá dificultades extremas y daños graves si abandona los EE.UU.

Aunque usted saliera de los Estados Unidos y regresara al país donde nació, eso no significa que estaría a salvo. Desgraciadamente, el hecho de haber denunciado un delito, especialmente un delito federal grave, podría ponerle en peligro si sale de Estados Unidos. Quienquiera que haya trabajado con usted para venir a Estados Unidos estará sin duda molesto y enfadado por haber visto expuestas sus actividades ilegales. Debe poder demostrar que regresar a su país podría exponerle a graves daños o dificultades si le obligan a regresar. 

 

Ser admisible en Estados Unidos

Aunque puede solicitar un visado T aunque esté aquí ilegalmente, debe ser admisible en Estados Unidos para permanecer en el país. Si no cumple los requisitos para ser admitido, puede solicitar una exención mediante el formulario I-192, Solicitud de permiso anticipado de entrada como no inmigrante.

 

Familiares admisibles

Si solicita un visado T (también conocido como visado T-1), puede presentar una solicitud para familiares directos si corren peligro de sufrir represalias a causa de su huida. Su edad sólo importa para determinar qué miembros pueden optar a su visado T. La clave, sin embargo, es que los miembros de la familia elegibles estén expuestos a un “peligro actual de represalias” debido a su capacidad para escapar o porque usted está cooperando con la aplicación de la ley. Entre esos familiares se incluyen:

  • Sus padres
  • Sus hermanos solteros menores de 18 años
  • Los hijos de cualquier edad y estado civil de los miembros de su familia que reúnan los requisitos y a los que se haya concedido el estatuto de no inmigrante T derivado.

Cuando los miembros de su familia que reúnen los requisitos no se enfrentan a un peligro actual de represalias, la elegibilidad depende de su edad. Si usted es menor de 21 años, los miembros de su familia que reúnen los requisitos son los siguientes

  • Su cónyuge
  • Sus hijos solteros menores de 21 años
  • Sus hermanos solteros menores de 18 años
  • Sus padres.

Si tiene 21 años o más, los miembros de su familia que reúnen los requisitos son:

  • Su cónyuge
  • Hijos solteros menores de 21 años. 

Para presentar una solicitud de visado en nombre de un familiar admisible, deberá completar un formulario determinado. Los formularios se pueden rellenar cuando solicite el visado T, mientras su estatus de visado T está pendiente o mientras es un no inmigrante T. Debe cumplimentar el Formulario I-914, Suplemento A, Solicitud de familiar de beneficiario de un visado T-1.

Su familiar debe ser admisible en Estados Unidos. De lo contrario, puede solicitar una dispensa utilizando el Formulario I-192, Solicitud de permiso anticipado de entrada como no inmigrante. 

 

Si su familiar admisible desea trabajar en Estados Unidos, deberá presentar el Formulario I-765. Puede presentarse junto con el Formulario I-914, Suplemento A. También puede presentarse posteriormente. Sin embargo, si su familiar reside fuera de Estados Unidos en el momento de solicitar el visado T, usted no puede solicitar el Documento de Autorización de Empleo en su nombre. Deben estar en Estados Unidos en el momento de presentar el formulario I-765. 

 

Más información sobre quién puede solicitar un visado T y el proceso de inmigración

Los visados T son una parte importante de nuestro sistema de inmigración. Ayudan a las víctimas de la trata de seres humanos a ponerse a salvo y a obtener justicia. Si desea obtener más información sobre quién puede solicitar una visa T, Michael Brooks-Jimenez P.C., está aquí para ayudarle. Queremos ayudarle a responder sus preguntas sobre el proceso de la visa T y el proceso de inmigración. Nuestros abogados de inmigración están listos para responder a sus preguntas. Llame, envíe un mensaje de texto o utilice nuestro formulario para programar su consulta con nuestros abogados de inmigración.

 

¡Somos los abogados de la comunidad! Si está interesado en realizar alguna consulta relacionada con inmigración (solicitudes de visa, ciudadanía estadounidense, etc.) o con algún otro de nuestros servicios, puede contactarnos mediante nuestro sitio web https://brooksjimenez.com/ o nuestra línea telefónica 405-272-9393

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